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Uber será legal en Guanajuato.

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La iniciativa presentada por el Gobernador se aprobó por unanimidad en el Congreso Local; gracias a esto podrían llegan plataformas como Uber y DiDi a Guanajuato.

A partir de ahora se libera el transporte ejecutivo en Guanajuato (Bloomberg)

El pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves reformar la Ley de Movilidad, con lo que Guanajuato se abre a un modelo de libre mercado en el servicio de transporte privado de pasajeros mediante plataformas tecnológicas (UBER, DiDi, etc).

Con ello se eliminan los permisos para operar y solo bastará con un registro ante la Dirección General de Transporte del Estado.

Es decir, a partir de ahora se libera el transporte ejecutivo en Guanajuato, por lo que los conductores de plataformas digitales como Uber; podrán operar sin tener una concesión o permiso de las autoridades.

En octubre del año pasado, el gobernador de Guanajuato Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Movilidad del Estado, para eliminar las concesiones para Uber, Didi y aplicaciones similares y permitir que los trabajadores de este sector puedan operar sólo con realizar un registro.

“La presente reforma tiene como finalidad la evolución del actual servicio de transporte ejecutivo a un modelo de libre mercado; con la generación del servicio privado de transporte de pasajeros mediante plataformas tecnológicas”, indica la propuesta del Gobernador.

El dictamen de la iniciativa presentada por el Gobernador se aprobó por unanimidad en el Congreso Local; y únicamente se presentaron dos reservas en lo particular.

Las modificaciones hechas a la citada ley buscan transitar a un libre mercado. Se estableció que el registro de vehículos lo puede realizar cualquier persona a quien el propietario entregue carta poder. Además se deberá acreditar la adhesión a la plataforma tecnológica y -entre otros requisitos- los conductores deberán tener vigente su licencia tipo A o B.

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También establece que al momento del registro se deberá presentar una constancia de capacitación de conducción segura; que será emitida por los centros autorizados por la Dirección General de Transporte y póliza de seguro de cobertura amplia.

Entre otros puntos, se agregó al glosario de la norma los conceptos de Código de Respuesta Rápida (QR), Plataforma Tecnológica y Servicio de Transporte Privado. Además se añadió que la oferta y prestación del servicio sólo podrá realizarse a través de plataforma tecnológica.

Para la Unidad Administrativa, se añaden las que tienen que ver con el registro y control de vehículos destinados al servicio de transporte privado. Se señala que los inspectores de Tránsito vigilarán que los vehículos cuenten con un código QR visible tanto para inspectores como para usuarios. Esto para verificar que el vehículo, el operador y la plataforma estén debidamente registrados. Con esto se busca garantizar la seguridad de los pasajeros al abordar una unidad de este tipo.

Quedó establecido que la cancelación del registro se dará por las siguientes causas; acumular tres infracciones por la prestación del servicio en el término de un año por medios diversos a la plataforma.

Además, la reforma señala que otra causa sería que el propietario o conductor utilice el vehículo en hechos tipificados como delitos.

El decreto de reforma a la Ley de Movilidad entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato.

Fuente: EL FINANCIERO

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